Luego de cumplirse el pasado fin de semana la primera parte del Toque de Queda decretado en todo el territorio del municipio de Ibagué, tanto en el área urbana como la zona rural, la población tendrá que celebrar la fiesta de la madre a puerta cerrada. La medida empieza desde las 8:00 de la noche del viernes hasta el lunes a las 5:00 de la mañana.
Según el reporte del Ministerio de Salud y Protección Social, de los 98 casos registrados en todo el departamento hasta el momento, 90 corresponden a la ciudad de Ibagué y los 8 restantes a los municipios de Melgar 4, Espinal 3 y 1 caso en el Guamo, lo que quiere decir, que la mayor parte de contagiados se encuentran en la capital tolimense, situación que llevó a las autoridades a dar cumplimiento a la medida que ya se encontraba programada desde la semana anterior.
La medida regirá a partir de hoy a las 8:00 de la noche y culminará el lunes 11 de mayo a las 5:00 de la mañana. Durante este tiempo ninguna persona podrá salir a la calle.
Los protocolos de bioseguridad establecidos han sido positivos para el control y prevención del contagio y para evitar que se siga propagando en todo el territorio municipal.
Estas son alguna de las restricciones contempladas.
Con estas restricciones y medidas tomadas por la administración municipal, se busca reducir la propagación del virus COVID – 19 que hasta la fecha, la mayor parte de los contagios se han diagnosticado en la ciudad de Ibagué, con 90 de los 98 registrados en todo el departamento del Tolima.
Según el decreto municipal nadie podrá salir a la calle dentro de los horarios establecidos en el toque de queda. El personal exceptuado deberá contar con plena identificación que acredite el ejercicio de sus funciones. Los vehículos en los que se transporten deberán contar con la debida identificación del servicio que prestan y la autorización de la empresa a la cual se encuentran vinculados.
Ningún establecimiento de comercio podrá funcionar al público, solamente los autorizados para atender a través de sus plataformas virtuales de domicilios. Los establecimientos de comercio que pueden prestar el servicio a domicilio son: restaurantes, droguerías, farmacias, y supermercados.
El personal que preste el servicio a domicilio deberá contar con plena identificación que acredite el ejercicio de sus funciones, cuyo horario será desde las 7:00 am hasta las 11 de la noche. Para iniciar las respectivas actividades deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establece el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia COVID – 19.
Otras excepciones registradas dentro de los decretos son: las relacionadas con cualquier emergencia de salud que se presente, las autoridades permitirán utilizar las plataformas del servicio de taxi debidamente registrados.
Según las nuevas medidas decretadas por el gobierno nacional, continuamos en aislamiento preventivo obligatorio hasta el 25 de mayo, con la aplicación de nuevos protocolos de bioseguridad, movilidad y reactivación de algunos sectores de la economía, que deberán de ser implementados por cada uno de los alcaldes y gobernadores de acuerdo al control o propagación del virus en sus territorios.
