Nacional

Imputado por concusión y falsedad funcionario de la Secretaria de Transito de Armenia.

Por los delitos de concusión en concurso heterogéneo con falsedad ideológica en documento público, la Unidad de Administración Pública de la Seccional Quindío le imputó cargos a Jesús Aníbal Santa Muñoz, funcionario de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Armenia (Setta), luego de que lo denunciarán por los hechos ocurridos el 8 de noviembre de 2017.

Información oficial: De acuerdo con los elementos materiales probatorios que presentó el ente acusador, Santa Muñoz, en su calidad de servidor público, le habría solicitado a la víctima un millón de pesos para no inmovilizarle el vehículo, según la orden que existía por parte del Juzgado 1 Civil de Calarcá.

Ante la negativa del pago del propietario del carro, el servidor al parecer le inmovilizó el vehículo sin formalizar el trámite legal, además le habría retenido por dos meses los documentos. Según la denuncia, adicional a esto, aprovechando que tenía los documentos del vehículo, presuntamente le impuso dos comparendos como represalia por el no pago de la exigencia, uno de ellos el 20 de noviembre de 2017, cuando de acuerdo la declaración de la víctima, el carro estaba desde el 9 de noviembre en el parqueadero público.

La Seccional Quindío, en cumplimiento de los objetivos estratégicos del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, continúa desarrollando acciones para judicializar a los responsables de hechos de corrupción.

La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.  

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